sábado, 31 de octubre de 2015


Explorando Lo Incomprensible

Aportación a los 5 retos del #CódigoAbierto 


  Hace unos días, nuestro amigo Fernando en nuestraenfermeria.blog nos "impulsaba" a participar en la confección del Nuevo Código Deontológico de Enfermería 2.0 a traves de Los 5 Retos del #CódigoAbierto, retos ambiciosos pero factibles. Me comprometí a participar aún siendo "carne tierna" en este mundo 2.0. Y he aquí mi sincera aportación que, sin pretender ser innovadora, busca poder ser un incentivo para otras propuestas y, por qué no, un elemento que ofrezca al menos una pizca de utilidad.
    Tomando como partida los debates dentro del Foro #CódigoAbierto Enfermería 2.0 y, en particular,  el debate III Principios Generales de la Ética Profesional Enfermera en la web 2.0, paso al detalle de la propuesta:




Introducción
-  El Código Deontológico de Enfermería 2.0 tiene como objetivo marco velar porque el avance de la enfermería en el entorno web 2.0 esté en plena armonía con la dignidad del paciente y, por extensión, del ser humano. En este sentido, se dirige a todas aquellas decisiones de acción enfermeras sustentadas por el uso, acceso, procesamiento y almacenamiento de la informació en y a través de la web 2.0. Para que esto sea posible, nuestro Código Deontológico debe ser guiado por principios que permitan establecer, en relación al objetivo marco, valores para el acto de cuidar. Dichos principios no difieren de los principios de la bioética sino que, en su definición y contenido, los adapta al ámbito de la enfermería 2.0.
-  Los contenidos del Código Deontológico de Enfermería 2.0 se aplicarán por igual en todos los ámbitos en los que en la relación paciente-enfermera intervengan las Tecnologías de la Información y la Comunicación, y se regirá por las directrices y los artículos descritos en los Códigos Deontológicos correspondientes a los distintos Colegios Oficiales de Enfermería. En su defecto, se regirá por los principios clave del Código ético y Deontológico de la Enfermería Europea.

Principios fundamentales
  Son la base sobre la que fundamentar los elementos primeros de la vida moral, universalizables y aplicables a todos por igual, sin distinción de edad, estatus social, religión y sexo.

1. Principio de no-maleficencia. 
- El uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la relación paciente-enfermera debe perseguir la prevención de cualquier tipo de daño al paciente, primum non nocere (en primer lugar, no hacer daño), esto es, debe proteger su identidad en los parámetros que establezca la ley, garantizar su dignidad, su autonomía y sus derechos en cuanto a la confidencialidad, privacidad y seguridad de sus datos.

2. Principio de beneficencia. 
- Enfermería, en el uso de las TICs, buscará el beneficio terapéutico en su relación con los pacientes, comprometiéndose de forma activa con sus acciones, más allá de perseguir tan solo la prevención de un perjucio.
- La búsqueda de ese beneficio implica un dominio amplio de las TICs así como un conocimiento lo suficientemente completo para poder buscar, discernir, seleccionar y aplicar la mejor evidencia científica contenida en la esfera web 2.0.

3. Principio de autonomía. 
-  Enfermería, en el marco de la web 2.0, debe respetar los límites de la autodeterminación del paciente, debe proteger su libertad y preservar sus derechos y valores.
-  El paciente es el sujeto último de decisión y, por lo tanto, deben protegerse sus derechos. Él es quién, con su consentimiento,  hace posible la instauración de un proceso terapéutico. En el uso de las TiCs, tomadas éstas como elementos complementarios y transformadores de la terapéutica tradicional, no deben ser cruzadas las líneas limítrofes entre paciente y enfermera; el desarrollo de nuevas tecnologías y su aplicación en la relación terapéutica paciente-enfemera deben estar dirigidas por una metodologica que respete y proteja la autonomía del paciente.
-  El principio de autonomía exige la preexistencia del principio de beneficencia.

4. Principio de justícia 
-  La aplicación terapéutica de cualquier desarrollo creado desde las TICs debe ser libre, universal y equitativa, evitando y rechazando la discriminación por cuestiones económicas y/o sociales. Todo paciente tiene derecho a recibir, de forma equitativa, los recuros sanitarios facilitados por las TICs que estén a nuestro alcance, información, recursos tecnològicos, soluciones de control del riesgo, etc.
-  La equidad no debe ser entendida en términos economicistas, no debe superponerse la ética economicista-institucional a la ética asistencial. Tan sólo sería aceptable una vulneración de esa equidad cuando dicha vulneración produzca un beneficio mayor a un número mayor también de pacientes.
- De no ser posible la aplicación del principio de justicia prevalecería, condición sine qua non, el principio de beneficencia. 

  Estos principios son de aplicación universal en la relación paciente-enfermera en la que media la participación de cualquier aspecto relacionado con las TICs y el entorno web 2.0. Así mismo, dichos principios deben ser también exigidos y aplicados en la relación profesional enfermera-enfermera y  enfermera-otros profesionales.


 
   

2 comentarios:

  1. Gracias a tí, Fernando, por seguir impulsando aspectos que parecen inamovibles de enfermería

    ResponderEliminar